jueves, 3 de noviembre de 2016

Germán Ruiz Padilla
Canalla sin escrúpulos
al cortar el agua a quien no tiene cómo pagar
Con profundo coraje concluimos el reportaje que se pone a la consideración de las autoridades civiles y sanitarias:


Hace dos años, un jovencito que llamaremos Juan José para proteger su identidad, fue intervenido quirúrgicamente de un padecimiento equivocado. A la mamá le cobraron 17 mil pesos por la ‘operación’. Luego del falso diagnóstico el convaleciente fue atendido de una enfermedad provocada por la falta de higiene que le obsequió el Sistema Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de La Paz BCS al cortar el suministro de agua en su domicilio.
Ex hotel que Leonel Cota convirtió en oficinas del SAPA para beneficiar a sus dueños. Pero esa es otra historia que encontrará en Libretadigital.com
La madre como podía conseguía agua con los vecinos; a veces le cortaban la luz y también los vecinos le socorrían pues advirtieron que fueron abandonados por un padre desobligado y borracho. Luego del abandono la madre fue cautivada por un pérfido operador del volante de una pesera pues vio en la desesperación de la mamá la oportunidad para enamorarla tratando bien a los dos niños con necesidades de afecto y cariño paterno.
Luego de cubrir el pago del agua, de estas oficinas se comprometieron a reconectar el vital líquido, pero como no hubo mordida, dejaron más días sin agua a la pobre familia de esta crónica.
Desde luego que el traspié trajo como consecuencia un hijo más y, el varón, como buen macho, también la abandonó a su suerte. Ello obligó a la abnegada madre a salir a la calle a vender comida desatendiendo la higiene del hogar que se convirtió en un foco de infección pues ahora los 3 niños enfermaron junto con la madre por el amontonadero de trastes y ropa sin lavar; los pisos y la pequeña área alrededor de la casa se convirtió en una especie de muladar propicio para el incremento de cucarachas.
Al principio, cuando la mamá podía cubría el recibo del teléfono, luz, agua, predial, abono al infonavit hasta que llegó el momento de dejar de pagar por la enfermedad de los infantes. Para la fortuna de los niños la mamá era muy luchona pues cuando no vendía comida, vendía zapatos, ropa, alhajas, o programaba tandas (cundinas) entre sus conocidas y vecinas.
Por llevar a sus hijos al médico y al hospital, los negocios cayeron a grado tal de echar mano de la cundina y de un  préstamo a los usureros y agiotistas con permiso del gobierno para robar, todo ello para cubrir la operación de Juan José con las consecuencias que ello originó. La despiadada benefactora de la tanda la obligó, bajo amenazas de meterla a la cárcel, que le diera un celular que amparaba la mitad de la deuda y, una vez con el aparato en su poder, presentó demanda de juicio civil por toda la deuda.
En este hospital intervinieron quirúrgicamente a un menor de edad sólo para cobrar un billete.
Pero el punto que deseamos tratar en esta crónica urbana es el corte del agua que realiza el despiadado gerente para satisfacer la patología criminal que lo caracteriza, pues echando mano de un acuerdo también por demás criminal del cuerpo de regidores, ordenó el corte total del suministro de agua dejando sin el vital líquido a la familia que no tuvo cómo pagar el recibo de por sí estratosférico que emite la dependencia encargada, por ley, de dotar de ese servicio público como lo establece la ley en la materia.
Este criminal servidor público, de nombre Germán Ruiz Padilla, creyendo quedar bien con sus superiores ordena, violando la ley general de salud, el corte del suministro de agua a las personas que no tienen dinero para pagar el aire que sale por las tuberías del vital líquido.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece claramente en su numeral cuatro que:
Artículo 4to.- El Varón y la Mujer son iguales ante la Ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
Tan malo el pinto como el colorado….. José Yakaelel Ramírez Pérez es el presidente regidor de la comisión de Saneamiento, Agua potable y Alcantarillado que permite y avala actos criminales en clara violación a la ley general de salud, y a los Artículos 4to y 73 fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo Garantizará.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado Garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Lay establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
Ramón Alvarado Higuera presidente de la Comisión del Agua del Congreso del Estado, en lugar de hacer su chamba a favor del pueblo, se la pasa vendiendo terrenos de los ejidatarios como buen corredor de bienes y raíces, favoreciendo a los acaparadores y despojadores de propiedades de los sudcalifornianos.
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Dora Elda Oropeza Villalejo, presidenta de la comisión de Salud, la familia y la asistencia pública no conoce La Ley General de Salud, mucho menos que dicha Ley es norma de obediencia de las autoridades administrativas.
Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.
El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.
Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La Ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.
Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.
Ahora bien, trataremos de entender las negritas y subrayados del numeral 4to transcrito:
Sección III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, vigente.
Artículo 73, fracción XVI de la ley suprema: El Congreso tiene la facultad.- Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y Salubridad General de la República….  3era.- La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del País.
…Sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del País. ¿Ya va entendiendo gerente del SAPA La Paz? ¿Les está quedando claro honorable cuerpo edilicio? ¿Entienden el espíritu del Constituyente de 1917 señores diputados?
La Ley General de Salud, se repite, establece obediencia de las autoridades administrativas.
Artículo 1ero.- La presente Ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del Artículo 4to. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.
¿Sabe señor Germán Ruiz Padilla lo que significa que esta Ley es de aplicación en toda la República? ¿Entienden señores regidores lo que significa que sus disposiciones son de orden público y de interés social? ¿Les están cayendo los veintes señores diputados?

Gil Cueva Tabardillo diputado secretario de la comisión del agua del Congreso del Estado. No sabemos si es de los intocables pero también es culpable de permitir violar al artículo 121 de la Ley General de Salud.
Artículo 2do.- El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:
I.- El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; (Atención legisladores les estamos poniendo en bandeja de plata las adecuaciones que deberán hacer a la denominación Pro Homine en lugar de hombre, contemplado en la convención americana y adecuado al marco legal en los articulados de la Constitución General de la República que para tal fin se han adaptado)
II.- La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana; (¿Lo respeta señor gerente del SAPA? ¿Aplican señores regidores el concepto de prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana al ordenar con sus leyecitas el corte total del suministro del agua? ¿Vigilan ustedes señores diputados la obediencia que enmarca el Artículo 73, fracción XVI?) (A los queridos lectores les sugerimos que vean la película la Ley de Herodes que retrata a pie juntillas lo que hacen estos funcionarios déspotas y rateros)
III.- La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social; (la protección y acrecentamiento de los valores… ¿Saben qué es eso señores regidores? …que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud, ahí les hablan  Adela González Moreno, Dora Elda Oropeza Villalejo y Edith Aguilar Villavicencio de la comisión de salud, la familia y la asistencia pública; Gil Cuevas Tabardillo, Ramón Alvarado Higuera y Santos Rivas García de la comisión del agua)
Santos Rivas García también le detiene la pata al que mata la vaca. Es diputado.
Javier González Rubio Cerecer regidor segundo secretario de la comisión de salud y bienestar social.
IV.- La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;
V.- El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población;
VI.- El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y;
VII.- El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud. (¿Entendería el regidor presidente de la comisión de saneamiento, agua potable y alcantarillado, y segundo secretario de los servicios públicos José Yakaelel Ramírez Pérez lo que se acaba de leer?; ¿lo entendería la regidora Norma Alicia Castañeda Quintero – de Larreta—presidenta de la comisión de salud y bienestar social?; ¿Hará su labor, en el cumplimiento de esta ley el regidor y segundo secretario de la comisión de Saneamiento, Agua Potable y Alcantarillado José Javier Martínez González?; ¿Entenderá el presidente de la Comisión de Servicios Públicos Pilar Eduardo Carballo Ruiz la extensión de sus facultades?; ¿Le caerá el veinte al regidor y segundo secretario de la comisión de salud y bienestar social Javier González Rubio Cerecer?; ¿Saúl Lamas Guzmán, primer secretario de la comisión de Saneamiento, Agua Potable y Alcantarillado, entenderá que significa obediencia constitucional?; ¿Jesús Francisco Rubio Salgado, regidor y primer secretario de la Comisión de Salud y Bienestar Social llevará un control de la Ley General de Salud?
¿Es necesaria más leña para que arda Roma?
Según Tácito, al tener noticia del incendio, Nerón regresó rápidamente a Roma y organizó un plan de ayuda y socorro para los afectados, corriendo de su propio bolsillo con todos los gastos que ello supusiera. Tras el incendio, Nerón abrió sus palacios y jardines al pueblo, para poder así proporcionar un refugio a los que se hubieran quedado sin vivienda, al tiempo que dispuso de suministros de alimentos para evitar la hambruna entre los supervivientes. A raíz del incendio, también inició una reforma urbana, en virtud de la cual los edificios a reconstruir deberían guardar unas ciertas distancias de seguridad entre ellos, deberían estar construidos en ladrillo, y con fachadas principales porticadas.
Bien, sólo le echaremos un poco más de gasolina a la lumbre para que se le sazone el cerebro a nuestros ‘servidores públicos’
El Artículo 6to de la Ley General de Salud establece: El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:
I.- Proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en las acciones preventivas: (Habrá que releer seis veces este inciso para que lo entiendan diputados y regidores de las comisiones de sus competencias) …factores que condicionen y causen daño a la salud, con especial interés en las acciones preventivas.
A los niños hay que enseñarles con manzanas y naranjas o con cuentos y canciones para que puedan entender…
¡¡A la víbora víbora de la mar, de la mar por aquí pueden pasar.
Los de adelante corren mucho y lo de atrás se quedarán, tras, tras, tras, tras,…..!!
Una mexicana que frutos vendía; ciruela, chabacano, melón o sandía.
Verbena, verbena, la virgen de la cueva. Verbena, verbena, jardín de matatena.
Campanita de oro déjame pasar con todos mis hijos menos el de atrás tras, tras, tras.
Será melón, será sandía será la vieja del otro día, día, día!!


A los servidores públicos citando los diferentes numerales los podemos cansar pues ellos hacen lo que les dictan sus tripas…
Pero ahí les va otro pa´ver si así entienden. Ojo, los niños ya entendieron…

III.- colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y minusválidos, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social;



…principalmente a menores en estado de abandono… ¿Cómo cumplirán diputados y regidores con este principio constitucional? ¿Visitan su distrito? ¿Saben quienes habitan su área de influencia? ¿Se coordinan con los sistemas de desarrollo integral para detectar éstos casos de abandono, desamparo y falta de higiene, o permiten violar los artículos 120 y 121 de la Ley General de Salud?


Artículo 120.- La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, se coordinarán con las dependencias y entidades competentes del sector público para la prestación de los servicios a que se refiere este capítulo.

Artículo 121.- (ojo SAPA, diputados y regidores) Las personas que intervengan en el abastecimiento de agua no podrán suprimir la dotación de servicios de agua potable y avenamiento de los edificios habitados, excepto en los casos que determinen las disposiciones generales aplicables.


Estas ‘pilas’ de aguas negras son la herencia de Germán Ruiz Padilla mismas que despiden olores fétidos a la altura de la cola de la ballena; por ello se le conoció, en los tiempos de su construcción como la ballena pedorra.

Quizá nuestros comisionados del Congreso del Estado y del Cuerpo de Regidores no sepan lo que es avenamiento y, al igual que Santa Anna pretendan instituir un incremento al cobro del drenaje, y a quien no lo pague, como el agua, le corten la conexión a la red de alcantarillado como un correctivo a la falta del tributo.

Que no se les afigura, como dicen nuestros rancheros Californios, que ocasionan la misma enfermedad cortando el agua que cortando la conexión al drenaje?

La Ley General de Agua es de obediencia para las autoridades administrativas y, si no la pueden cumplir y hacerla cumplir, dejen que el Estado arregle lo que a derecho corresponda pues es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.
¿Saben lo que es orden público e interés social?


Seguro estamos que el orden público lo entienden como el buen comportamiento que deben practicar los habitantes del territorio de Baja California Sur y, como interés social, lo deben entender como todo aquello que se le puede quitar a los ciudadanos, vía impuestos.

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